Actualidad jurídica
Reforma de la Inspección Nacional de Trabajo de Polonia (PIP): nuevos riesgos relacionados con los contratos B2B
Desde el 8 de julio de 2026, la Inspección Nacional de Trabajo de Polonia dispone de facultades más amplias para examinar si una relación articulada mediante un contrato B2B o un contrato de Derecho civil reúne, en realidad, las características propias de una relación laboral.
A estos efectos, no solo resulta relevante el contenido del contrato celebrado, sino también la forma efectiva en que se desarrolla la actividad, incluido el grado de subordinación, el lugar y el horario de prestación de los servicios, la forma en que se imparten instrucciones, la utilización de herramientas de la empresa y la asunción del riesgo empresarial.
Para las empresas que recurren al modelo B2B, ello implica la necesidad de revisar tanto los contratos como las prácticas aplicadas en la colaboración cotidiana.
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AI Act: nuevas obligaciones a partir del 2 de agosto de 2026
A partir del 2 de agosto de 2026 será aplicable un nuevo conjunto de obligaciones derivadas del AI Act, incluidas determinadas obligaciones de transparencia relativas a ciertos sistemas y a los contenidos generados o manipulados mediante inteligencia artificial.
Las empresas que utilicen sistemas de IA deberían determinar qué sistemas se emplean en la organización, con qué finalidad se utilizan y qué condición o función les atribuye la normativa aplicable.
El alcance de las obligaciones dependerá, entre otros factores, del tipo de sistema, de su forma de utilización y del nivel de riesgo asociado.
Nuevas obligaciones en materia de ciberseguridad: modificación de la Ley KSC y Directiva NIS2
Desde el 3 de abril de 2026 está en vigor la modificación de la Ley polaca del Sistema Nacional de Ciberseguridad, que incorpora las medidas derivadas de la Directiva NIS2.
La nueva normativa amplía el catálogo de entidades sujetas a obligaciones en materia de gestión de riesgos, seguridad de los sistemas y notificación de incidentes.
Las empresas deberían determinar si reúnen los requisitos para ser consideradas entidades esenciales o importantes.
Las entidades que reunieran dichos requisitos en la fecha de entrada en vigor de la ley deberían verificar, entre otras cuestiones, su obligación de inscripción en el registro del KSC y los plazos para implantar las medidas organizativas y técnicas exigidas.
Nuevas normas para la tramitación de reclamaciones relativas a servicios de comunicaciones electrónicas
Desde el 14 de marzo de 2026 está en vigor el reglamento que establece el procedimiento detallado para la tramitación de reclamaciones relativas a servicios de comunicaciones electrónicas y los elementos que debe contener la respuesta facilitada al usuario.
Los proveedores de servicios deberían revisar sus condiciones de prestación, formularios, acuses de recibo de reclamaciones, modelos de respuesta y procedimientos aplicados por los servicios de atención al cliente.
Los cambios también pueden requerir la adaptación de los sistemas informáticos utilizados para registrar y tramitar las reclamaciones.
Información sobre la retribución y neutralidad del proceso de selección
Desde el 24 de diciembre de 2025, las personas candidatas deben recibir información sobre la retribución inicial o su correspondiente intervalo con antelación suficiente para permitir una negociación informada y transparente.
Esta información puede facilitarse en la oferta de empleo, antes de la entrevista o, si no se hubiera proporcionado con anterioridad, antes del inicio de la relación laboral.
Las ofertas de empleo y las denominaciones de los puestos deben ser neutras desde el punto de vista del género. Asimismo, el empleador no puede solicitar información sobre la retribución percibida por la persona candidata en su empleo actual o en empleos anteriores.
Estos cambios requieren revisar las ofertas de empleo, los formularios y los procedimientos de selección aplicados.
Notificaciones electrónicas: nuevo plazo para los empresarios
Los empresarios inscritos en el Registro Central e Información sobre la Actividad Económica de Polonia (CEIDG) antes del 1 de enero de 2025 deberán disponer de una dirección de notificaciones electrónicas a partir del 1 de octubre de 2026. Esta obligación puede surgir con anterioridad si se modifica la inscripción en el CEIDG.
La creación del buzón electrónico debería ir acompañada del establecimiento de normas para su gestión, la designación de las personas responsables y la implantación de mecanismos que garanticen la supervisión periódica de la correspondencia recibida. Una organización inadecuada de este proceso puede dar lugar a que se pasen por alto escritos y plazos con efectos jurídicos.
Espacio Europeo de Datos de Salud: preparación para las nuevas normas
El Reglamento relativo al Espacio Europeo de Datos de Salud entró en vigor el 26 de marzo de 2025, si bien sus disposiciones serán aplicables de manera gradual.
Está previsto que, a más tardar en marzo de 2027, la Comisión Europea adopte importantes actos de ejecución. El primer conjunto de obligaciones fundamentales comenzará a aplicarse en 2029.
Los cambios serán relevantes para los prestadores de asistencia sanitaria, las organizaciones de investigación, las empresas farmacéuticas y los proveedores de soluciones informáticas destinadas al sector sanitario.
El período transitorio puede aprovecharse para analizar los flujos de datos, los sistemas utilizados, las normas de acceso y los contratos relacionados con el uso de datos sanitarios.